Publican decreto de estado de calamidad por tormenta Julia

El Diario de Centro América publicó el Decreto 5-2022, con el cual el Gobierno de Guatemala declara estado de calamidad pública para atender efectos de la tormenta Julia.

El estado de calamidad por la tormenta Julia se debe a los efectos de la época lluviosa y el paso del ciclón tropical Julia, lo cual ha provocado altos acumulados de lluvias y saturación de suelos, provocando daños en viviendas, centros educativos, infraestructura y las redes de comunicación del país, así como en la economía, salud y seguridad alimentaria, se resalta en este decreto.

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La medida estará vigente durante 30 días y se adoptan disposiciones que permitan mitigar los efectos adversos que se reflejan en pérdidas y daños materiales, resultado primordial los mecanismos que permitan garantizar la vida, la seguridad, integridad y dignidad de la población, se añade.

Medidas

El presidente Alejandro Giammattei encabezó el lunes el Consejo de Ministros, donde se acordó tomar esta medida por el paso de Julia. Además, se hizo un llamado al Congreso a conocerla y ratificarla para continuar con la atención de la población guatemalteca afectada.

A esto se incluye una serie de medidas en las que se destaca la transparencia respecto de las labores a efectuar, y la identificación y asignación de espacios presupuestarios para atender la calamidad.

Asimismo, se toman medidas de protección de las personas y sus bienes, para prevenir cualquier acto al margen de la ley y garantizar el mantenimiento de la paz y el orden público.

Protección

También se limita el derecho de libre locomoción, cambiando o manteniendo la residencia de las personas, estableciendo cordones sanitarios, limitando la circulación de vehículos o impidiendo la salida o entrada de personas en zonas afectadas en los lugares y circunscripciones, carreteras y caminos que establezca la Conred.

Por otra parte, los cuerpos de socorro o fuerzas de seguridad civil y el Ejército de Guatemala deberán articular de forma coordinada y, de acuerdo con sus atribuciones el cumplimiento de la restricción a la libertad de locomoción.

*Con información de AGN

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