Guatemala prohíbe el ingreso desde 4 países por variantes del COVID-19

Por medio de un Acuerdo Ministerial, Guatemala prohíbe el ingreso de extranjeros desde 4 países debido al surgimiento de nuevas variantes del COVID-19.
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social limita el ingreso de extranjeros que han estado en Brasil, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Sudáfrica.
El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) publicó en el Diario de Centro América el Acuerdo Ministerial 116-2021. El documento se centra en la prohibición del ingreso de extranjeros debido a las variantes del coroanvirus (COVID-19).
El documento establece que se limita el ingreso al país a personas extranjeras que han estado en los 14 días anteriores a su arribo al territorio en Brasil, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Sudáfrica.
Se exceptúan todas aquellas personas que acrediten fehacientemente haber sido vacunados con su esquema completo contra el COVID-19.
Variantes del coronavirus
Lo anterior es derivado de la situación generada por la nueva variante del coronavirus identificada en los países mencionados, con la finalidad de proteger la salud y bienestar de los habitantes.
El acuerdo en su artículo 2, inciso b) indica que se debe notificar a las líneas aéreas, de navegación, agencias de viaje y toda la entidad que se dedique al transporte de pasajeros con destino a Guatemala, así como a los puestos migratorios, de lo dispuesto por las autoridades del MSPAS.
Alerta sanitaria
La restricción no es aplicable a guatemaltecos, extranjeros con residencia permanente en Guatemala. También al personal del cuerpo diplomático acreditado en el país y tripulación de aeronaves. Asimismo, no aplica a cualquier ingreso de carácter humanitario debidamente declarado por la autoridad competente.
Las autoridades explican que se debe verificar, mediante la revisión de pasaportes y declaraciones necesarias, si una persona ha permanecido en los últimos 14 días en aquellas naciones.
La finalidad es que la Unidad de Vigilancia Epidemiológica correspondiente cuente con los datos en los puestos migratorios, terrestres, marítimos y aéreos, para el estricto seguimiento de casos y contactos.
Cuarentena
Las personas identificadas deberán cumplir con cuarentena de diez días en lugar de residencia o en lugar que indique el pasajero. Los costos serán sufragados por ellos mismos.
Socializar información
Las autoridades compartirán las recomendaciones a las embajadas y consulados acreditados en Guatemala.
También con las representaciones en diferentes países del mundo y a todos los operadores y promotores de turismo en el país
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